Publicado el: agosto 14, 2025
Caso real – Resolución de Sala Plena N.º 021-2024-SUNAFIL/TFL
La empresa Cárdenas Fonseca Jaime, durante una inspección realizada por la SUNAFIL en Lambayeque, fue sancionada con S/. 24,196 por dos motivos:
La empresa respondió que dichos documentos no existían —no contaba con contratos escritos, planilla, control de asistencia ni comprobantes de pago—, y solicitó que se revisen los documentos que sí presentó, además de invocar la necesidad de que SUNAFIL agotara otras vías de comprobación.
El Tribunal de Fiscalización Laboral, en la Resolución N.º 021‑2024, revocó completamente la sanción, estableciendo que la falta de entrega de documentos no es suficiente para acreditar una relación laboral ni para imponer sanciones, si la autoridad no ha agotado otros medios de verificación.
¿Qué ordena este precedente?
Este precedente claramente establece que:
¿Cómo defenderse si te falta documentación?
Este precedente es muy valioso si has declarado que no tienes un documento y la autoridad emite una sanción basada exclusivamente en eso. Puedes demostrar que la entidad no investigó más allá ni revisó lo que sí entregaste.
Recomendaciones claras y prácticas para empresas (administrados):