Publicado el: octubre 27, 2026
Por recomendación médica, una empresa y su trabajador firmaron un acuerdo temporal: él dejaba ciertas labores y recibía una remuneración variable asegurada, a cambio de presentar informes médicos mensuales. Cuando dejó de entregarlos, la empresa puso fin al acuerdo y al pago. El trabajador demandó por hostilidad (rebaja de sueldo) y pidió el reintegro. La Corte Suprema, en la Casación Laboral N.° 11833-2025-Lima, le dio la razón a la empresa.
Sobre el caso
Un trabajador recibió una prescripción médica que le impedía seguir con parte de sus funciones. Él y su empresa firmaron un acuerdo temporal: dejaría esas labores y, a cambio, se le aseguraría una remuneración variable por un año, renovable mientras entregara cada mes un informe médico. Pero dejó de enviarlos. La empresa dio por terminado el acuerdo y dejó de pagar el monto asegurado.
El trabajador demandó por hostilidad: su salud seguía igual y, decía, le habían rebajado el sueldo sin motivo. El juzgado le dio la razón en parte y ordenó reponer el pago. La sala laboral revocó esa decisión. Y la Corte Suprema, en la Casación Laboral N.° 11833-2025-Lima, falló a favor de la empresa: no hubo hostilidad, porque el pago dependía de una condición que él mismo dejó de cumplir.
Lo que fijó la Corte
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