ANTE EL AUMENTO DE LA UIT EN 2023, ¿QUÉ EFECTOS TENDRÁ EN INDICADORES TRIBUTARIOS?

Publicado el: Enero 12, 2023

El pasado 24 de diciembre del 2022, se publicó en el diario oficial “El Peruano” el Decreto Supremo N° 309-2022-EF, mediante el cual se aprueba el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) aplicable al año 2023, ascendiendo esta al monto de S/ 4,950.00 Soles.

La Ante el incremento histórico de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), las rentas de tercera categoría sufrirán los siguientes cambios en el 2023:

En cuanto a Rentas de trabajo:

  • El tope máximo para la suspensión de Rentas de 4ª categoría será de S/ 43,313.00 anual.
  • Las 3 UIT de gastos adicionales para deducción anual será de S/ 14,850.00

En cuanto a Rentas de Tercera Categoría

  • Para los gastos recreativos, el límite máximo será S/. 198,000.00 (40 UIT).
  • Para los gastos de representación, el límite máximo será S/. 198,000.00 (40 UIT).
  • Para los gastos sustentados en comprobantes emitidos por contribuyentes del NRUS será S/. 990,000.00 (200 UIT).

Con relación a MYPE Tributario

El límite de ventas anuales para estar en este régimen será de S/ 8’415,000.00 (1700 UIT)

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