De acuerdo con lo establecido en la Ley N° 27735, las empresas tienen como plazo máximo hasta el 15 de diciembre para depositar a sus trabajadores la gratificación correspondiente a la festividad de la “Navidad”, en caso de no realizarlo en esta fecha, serán multadas.
¿Quién recibe las gratificaciones truncas en caso del fallecimiento del trabajador?
En el caso del fallecimiento del trabajador, los herederos recibirán las gratificaciones truncas a partir del día siguiente en que los sucesores de este comunican al empleador su calidad de tales: instituidos en testamento (sucesión testamentaria) o referidos en una declaratoria de herederos (sucesión intestada). Este será abonado de manera proporcional al tiempo laborado y de conformidad con la remuneración computable a la fecha de cese.
¿Qué sucede con los interés por pago extemporáneo de la gratificación?
Una contingencia de no pagar la gratificación en su momento oportuno es que dicho importe genera intereses laborales, quiere decir que el trabajador ganará intereses laborales por el pago extemporáneo. Para el cálculo de los intereses laborales, es necesario revisar las tasas de intereses legales laborales de la página de la Superintendencia de Banca, seguros y AFP (Tasa de Interés Legal Laboral)
¿Quiénes no tienen derecho a este beneficio?