SUNAFIL: EL TIEMPO PARA COLOCARSE EQUIPOS DE PROTECCIÓN ES PARTE DE LA JORNADA LABORAL

Publicado el: marzo 12, 2026

En muchas empresas, especialmente en sectores como industria, construcción o minería, es obligatorio que los trabajadores utilicen equipos de protección personal (EPP) antes de iniciar sus labores. Sin embargo, surge una pregunta frecuente: ¿el tiempo que el trabajador utiliza para colocarse estos equipos forma parte de su jornada laboral?

El Tribunal de Fiscalización Laboral de SUNAFIL, mediante la Resolución N.º 0007-2026-SUNAFIL/TFL-Primera Sala (2026), ha precisado que cuando el uso de uniforme o equipos de protección es exigido por el empleador, el tiempo destinado a colocarlos debe considerarse parte de la jornada de trabajo.

Sobre el caso

El caso se originó a partir de una fiscalización realizada por SUNAFIL a una empresa en Lima. Durante la inspección se verificó que los trabajadores ingresaban al centro de trabajo, luego debían cambiarse, colocarse sus equipos de protección personal y recoger implementos de trabajo, y recién después realizaban el registro de asistencia.

Esto generaba que el registro no reflejara la hora real de ingreso al centro laboral, ya que los trabajadores ya se encontraban dentro de las instalaciones y cumpliendo instrucciones del empleador antes de marcar su asistencia.

Además, la empresa no logró acreditar adecuadamente el registro de control de asistencia del periodo fiscalizado, lo cual fue considerado una infracción muy grave en materia de relaciones laborales.

Fallo del Tribunal

El Tribunal declaró infundado el recurso de revisión presentado por la empresa y confirmó la sanción impuesta por SUNAFIL.

En su análisis, el Tribunal estableció que cuando el trabajador debe ponerse uniforme o equipos de protección personal por exigencia del empleador, esa actividad forma parte de la puesta a disposición del trabajador, es decir, ya se encuentra bajo la dirección de la empresa.

Por ello, el tiempo utilizado para colocarse el uniforme o los EPP forma parte de la jornada laboral, ya que constituye una actividad necesaria para el desarrollo del trabajo y está vinculada al poder de dirección del empleador.

Importancia para el empleador

Este criterio es relevante porque muchas empresas organizan sus procesos de ingreso de manera que los trabajadores registran su asistencia después de colocarse los EPP o uniforme.

Según el Tribunal, esta práctica puede generar problemas, ya que el registro de asistencia debe reflejar el inicio real de la jornada laboral. Si el trabajador ya se encuentra dentro del centro de trabajo cumpliendo instrucciones del empleador, se considera que ya está a disposición de la empresa.

Esto puede generar contingencias en fiscalizaciones, especialmente en temas de jornada de trabajo, horas extras y control de asistencia.

Recomendaciones prácticas

  • Verifique que el registro de control de asistencia refleje el ingreso real al centro de trabajo.
  • Revise si en su empresa los trabajadores marcan antes o después de colocarse uniforme o EPP.
  • Considere que el tiempo destinado a colocarse equipos de protección puede ser considerado parte de la jornada laboral cuando su uso es obligatorio.
  • Revise los procedimientos internos y el Reglamento Interno de Trabajo para evitar disposiciones contrarias a la normativa laboral.
  • Mantenga siempre disponibles los registros de asistencia y reportes de marcación ante una eventual fiscalización de SUNAFIL.

Este criterio refuerza la importancia de que las empresas organicen correctamente sus sistemas de control de asistencia y los procedimientos de ingreso al centro de trabajo, a fin de evitar contingencias en una inspección laboral.

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