¿Cómo afecta a las exportadoras la nueva prórroga en la devolución de derechos arancelarios (DRAWBACK)?

Publicado el: octubre 31, 2024

Mediante el Decreto Supremo Nº 197-2024-EF, el gobierno ha decidido aplazar la entrada en vigor de una parte importante de la normativa sobre la restitución de derechos arancelarios (DRAWBACK). Este cambio busca dar más tiempo a las empresas exportadoras para adaptarse a las nuevas reglas y mejorar su competitividad. A continuación, explicamos los puntos clave de esta norma y su impacto para las empresas exportadoras.

¿Qué establece la nueva norma?

Esta norma extiende hasta el 31 de julio de 2025 la aplicación de la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo Nº 189-2024-EF. Esta parte de la normativa introduce cambios en el procedimiento para la devolución de los derechos arancelarios que pagan las empresas exportadoras al importar insumos.

¿Qué significa este aplazamiento para las empresas exportadoras?

Las empresas que actualmente se benefician de la devolución de derechos arancelarios tendrán más tiempo para adaptarse a los cambios en las reglas. Durante este periodo, el gobierno también revisará posibles medidas adicionales que ayuden a mejorar la productividad de las empresas exportadoras, dándoles más estabilidad para planificar a mediano plazo.

¿Cuáles son los beneficios de esta prórroga para el sector exportador?

El principal beneficio es que las empresas podrán seguir disfrutando de las condiciones actuales (Drawback del 3%) hasta mediados de 2025, lo que les da más tiempo para ajustar sus procesos y prepararse para los cambios futuros. Además, el gobierno podrá evaluar mejor cómo optimizar las políticas para fortalecer la competitividad de las exportaciones peruanas.

Recomendación

Es clave que las empresas exportadoras aprovechen este tiempo extra para revisar sus operaciones y prepararse para los próximos cambios. El Decreto Supremo 197-2024-EF aplaza toda la segunda disposición transitoria sin hacer distinciones en las etapas de reducción gradual. Esto significa que, de acuerdo con el Decreto Supremo 189-2024-EF, a partir del 01 de agosto de 2025, el porcentaje de restitución será del 0.5%. Además, es importante que las empresas se mantengan atentas a cualquier actualización normativa, para ajustar sus estrategias a tiempo y seguir siendo competitivas en el mercado internacional.

Te recomendamos

Publicado el:febrero 28, 2020

¿CÓMO SE ELIGE UNA ENTIDAD PRESTADORA DE SALUD?

Publicado el:febrero 28, 2020

CUOTA DE EMPLEO DE PERSONAL CON DISCAPACIDAD

Publicado el:febrero 28, 2020

REINCORPORACIÓN DE TRABAJADOR CON DIAGNOSTICO O CASO SOSPECHOSO DE COVID-19