Publicado el: octubre 9, 2024
La Corte Suprema de Justicia ha establecido un importante precedente en relación con la indemnización por despido arbitrario de trabajadores en cargos de confianza, cuando son cesados bajo un procedimiento disciplinario injustificado. Este lineamiento surge de la Casación Laboral N° 3497-2021 Lima, emitida por la Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria.
En el caso en cuestión, una trabajadora que ejercía como gerente de operaciones demandó a su empleador, solicitando una indemnización por despido arbitrario. Aunque la empresa alegaba pérdida de confianza como razón para su cese, procedió a someter a la trabajadora a un procedimiento disciplinario basado en una falta grave, sin cumplir adecuadamente con los requisitos legales para despedirla. Las instancias judiciales determinaron que la empresa no había especificado las faltas imputadas, lo que vulneró el derecho de defensa de la trabajadora.
La Corte Suprema confirmó las decisiones previas, señalando que, aunque la empresa tenía el derecho de cesar a la trabajadora por pérdida de confianza, decidió someterla a un proceso de despido por falta grave, lo que, al no estar sustentado debidamente, configuró un despido arbitrario. La sala suprema concluyó que el derecho a la indemnización por despido arbitrario aplica en estos casos, siempre que el cese no sea estrictamente por retiro de confianza.
Este fallo marca un precedente importante. Se reconoce que los trabajadores de confianza o dirección pueden reclamar indemnización si son despedidos bajo un procedimiento disciplinario mal fundamentado, lo que amplía las responsabilidades de las empresas en estos casos.
Las empresas deben ser extremadamente cuidadosas al iniciar un procedimiento de despido, especialmente cuando se trata de trabajadores de confianza. Antes de alegar una falta grave, es esencial contar con pruebas sólidas y seguir estrictamente el procedimiento disciplinario para evitar reclamaciones por despido arbitrario.