¿CONOCE LA DIFERENCIA ENTRE EL DESBALANCE PATRIMONIAL Y EL INCREMENTO PATRIMONIAL NO JUSTIFICADO?

Publicado el: Febrero 17, 2023

Anualmente, tanto las personas naturales como las personas jurídicas (empresas) tienen que justificar el aumento de sus ingresos o patrimonios ante la SUNAT. En caso no se cumpla con esto, puede ocasionar que se le penalice al tanto a la persona natural o jurídica mediante multas. A esto se les conoce como Desbalance Patrimonial o Incremento Patrimonial No Justificado, y en este boletín informativo conoceremos la diferencia entre ambos.

¿Qué entiende la SUNAT por Incremento Patrimonial No Justificado o Desbalance Patrimonial?

  • Se entiende el incremento patrimonial no justificado como el aumento del valor de un patrimonio respecto de una persona contribuyente, sin que esta pueda probar de manera precisa la causa o la fuente que la origino.
  • Asimismo, cuando los gastos que genera una empresa son mayores a los ingresos que esta percibe, nos encontramos ante un desbalance patrimonial. Esto puede ser observado por entidades como SUNAT y es identificado como una señal de que se están evadiendo impuestos, ya que pone en evidencia el hecho de que existen ingresos que no están siendo declarados.

¿Quiénes no suelen justificar sus incrementos patrimoniales?

  • Por lo general, es más común que las personas naturales no justifiquen sus incrementos patrimoniales a comparación de las personas jurídicas, debido a que las primeras no suelen contar con un área de contabilidad que se encargue de las rentas como persona natural y sus correspondientes gastos y de los movimientos del negocio o empresa que pudiera interactuar con esa persona natural.
  • No obstante, esto no es motivo de justificación para sufrir las consecuencias de una falta de justificación de incremento patrimonial. Caer en esta falta puede generar que se le imponga multas a una empresa o persona natural, entre otras penalidades.

¿Cuáles son los ingresos que justifican y no justifican el incremento patrimonial?

  • En relación a los ingresos o fuentes que justifican el incremento patrimonial son, por ejemplo, una herencia, una escritura pública de donaciones percibidas, transferencia a cuenta, guía de remisión, entre otros.
  • Con respecto a los ingresos que no califican para justificar el incremento patrimonial, estos son los siguientes:
  • Donaciones o liberalidades que no consten con escritura pública.
  • Utilidades derivadas de actividades ilícitas.
  • Ingreso de monedas extranjeras que no está debidamente sustentado.
  • Préstamos que no reúnan los requisitos que señale el reglamento.
  • Ingresos percibidos que estuvieran a disposición del deudor tributario pero que no los hubiera cobrado, así como los saldos disponibles en cuentas de entidades del sistema financiero nacional o del extranjero que no hayan sido retirados.

¿Qué procedimiento se debe seguir cuando te notifican un desbalance?

  • Si recibes una notificación por parte de las entidades correspondientes en caso hayan detectado un desbalance en tu patrimonio, lo que debe de hacer es sustentar la fuente de la que percibe los ingresos no justificados.
  • Es recomendable que guardes tu documentación por lo menos por los periodos que no prescriban aproximadamente cinco (5) años para que puedas, en su oportunidad, sustentar cualquier diferencia que te sea notificada.

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