CONOZCA TODO LO QUE DEBE DE SABER SOBRE EL DELITO DE SICARIATO

Publicado el: Febrero 10, 2023

El pasado 6 de febrero de 2023, cerca del Centro Comercial Plaza San Miguel, ocurrió
un terrible acontecimiento, donde seis (6) personas que iban dentro de un automóvil
fueron asesinadas. Según investigaciones, se presume que fue un delito de sicariato,
ya que se trataba de un arreglo de cuentas. Debido a este terrible suceso, nos parece
importante informar sobre el delito de sicariato y su regulación en nuestro país.

¿Qué es el Sicariato?
El sicariato, regulado en el artículo 108-C del Código Penal, es el nombre usado para describir un tipo del homicidio calificado donde una persona (sicario) tiene la orden, encargo o acuerdo de matar a alguien a cambio de recibir una remuneración económica.

¿Tiene una estructura el sicariato?

Sí, pues en este delito existen cuatro elementos que la conforman que son las siguientes:

  • El contratante: Aquel que se encarga de buscar solventar un problema (deudas, celos, eliminación de enemigos, arreglo de cuentas, etc.) a través de métodos fuera de la ley.
  • El intermediario: El actor que funciona como mediador entre el contratante y el victimario.
  • El sicario: Es la persona que se encarga de ejecutar la orden de asesinato.
  • La víctima: La persona que resulta asesinada.

¿Qué es el homicidio por lucro y en qué se diferencia del sicariato?

  • La Corte Suprema ya se ha pronunciado ante esta duda, pues ambos delitos contemplan elementos y características similares. La diferencia entre ambas figuras delictivas radica en un elemento que caracteriza al sicariato, que es la presencia de un mandante, es decir, el pedido de una persona para acabar con la vida de alguien. (Casación 853-2018-San Martín; Recurso de Nulidad 1821-2019-Lima.)
  • Mientras que, en el delito de homicidio por lucro, el sujeto que va a cometer este delito se guía por la obtención de un beneficio económico o patrimonial, tomando la decisión de forma unilateral, sin la influencia de un mandante que prometa una bonificación monetaria a cambio de quitarle la vida a una persona.
  • Asimismo, en el Código Penal, el sicariato está penado con pena privativa de libertad no menor de veinticinco (25) años. Mientras que el homicidio por lucro está penado con pena privativa de libertad no menor de quince (15) años.

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