Publicado el: octubre 7, 2024
El Tribunal de Fiscalización Laboral (TFL) de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) ha establecido nuevos lineamientos sobre la emisión de medidas inspectivas de requerimiento. A través de la Resolución N° 465-2024-SUNAFIL/TFL-Primera Sala, se determinó que la medida de requerimiento solo debe emitirse cuando la infracción es subsanable; de lo contrario, el inspector debe proponer la sanción directa. Emitir una medida cuando se sabe que no se puede cumplir desvirtúa su propósito.
Las medidas inspectivas de requerimiento son órdenes emitidas por los inspectores de trabajo para que el sujeto inspeccionado subsane infracciones detectadas, dentro de un plazo razonable, antes de que se inicie un proceso sancionador. Su finalidad es corregir las irregularidades y asegurar el cumplimiento de la normativa sociolaboral, así como de seguridad y salud en el trabajo (SST).
En el caso revisado, una empresa fue sancionada por incumplir con una medida inspectiva de requerimiento relacionada con la seguridad y salud en el trabajo (SST). Durante la inspección, se comprobó que la empresa no contaba con documentos clave, como el Registro de accidentes, la formación en SST y el seguro complementario de trabajo en riesgo (SCTR). Pese a ello, la medida de requerimiento fue emitida, solicitando su subsanación en un plazo de tres días, a pesar de que se consideró imposible de cumplir, dado que ya había ocurrido un accidente laboral.
El TFL concluyó que no era razonable emitir la medida de requerimiento debido a la imposibilidad de cumplirla. Por lo tanto, anuló la sanción impuesta por el incumplimiento de esta medida y declaró fundado en parte el recurso de revisión presentado por la empresa. La Sala aclaró que, en estos casos, el inspector debió limitarse a determinar la infracción y proponer la sanción sin requerir la subsanación.
Para las empresas, es fundamental entender que las medidas de requerimiento solo deben emitirse cuando la infracción puede ser corregida. Ante una inspección, es recomendable asegurarse de cumplir con las normativas en SST para evitar sanciones. Si una medida es imposible de cumplir, se debe evaluar la posibilidad de apelar, dado que el TFL ha aclarado que la razonabilidad es clave en estos procesos.