Publicado el: Septiembre 23, 2024
La Corte Suprema ha delimitado el supuesto de presunción de pago de horas extras mediante la Casación N° 3241-2021-Arequipa, emitiendo pautas para la actuación judicial en estos casos. Este fallo establece que el juez debe presumir la realización de horas extras si se comprueba que el trabajador estuvo presente en el centro de trabajo antes de la hora de ingreso y/o después de la hora de salida, salvo prueba en contrario.
Un trabajador demandó a su empleador solicitando el pago de horas extras y otros beneficios. Alegó que su jornada laboral incluía nueve horas diarias y que trabajaba una hora adicional cada día debido al tiempo empleado en desplazarse dentro de la empresa. Afirmó que el tiempo desde la garita de control hasta la marcación de asistencia debía considerarse como parte de su jornada laboral, ya que se encontraba a disposición del empleador.
El juzgado de primera instancia declaró fundada en parte la demanda, y la sala laboral de apelación confirmó esta decisión. Tanto el trabajador como la empresa presentaron recursos de casación. El trabajador argumentó que no se había aplicado correctamente el Decreto Supremo N° 004-2006-TR, mientras que la empresa indicó una infracción normativa de la Constitución.
La Corte Suprema resolvió que, según el Decreto Supremo N° 004-2006-TR, corresponde al juez presumir la realización de horas extras si se verifica la permanencia del trabajador en el centro de trabajo fuera del horario laboral, salvo que el empleador presente una prueba en contrario. Este último deberá demostrar que el tiempo adicional no fue dedicado a actividades laborales efectivas. En este caso, se concluyó que el trabajador no realizaba labores efectivas durante el traslado dentro de la empresa, desvirtuando así la presunción de horas extras.
Asimismo, el tribunal indicó que si el trabajador permanece en el centro de trabajo fuera del horario, pero no realiza actividades laborales efectivas, ese tiempo no será considerado como horas extras.
Para evitar conflictos laborales relacionados con el pago de horas extras, las empresas deben implementar sistemas de control de asistencia rigurosos y claros que incluyan el registro de ingreso y salida de los trabajadores. Además, es fundamental que definan de manera precisa las actividades que se consideran parte de la jornada laboral efectiva, diferenciándolas de otros tiempos como traslados internos o actividades no laborales.