Publicado el: junio 2, 2026
Los contratos sujetos a modalidad son una herramienta válida para atender necesidades temporales de las empresas. Sin embargo, cuando no se respetan las condiciones establecidas por la ley, estos contratos pueden desnaturalizarse y convertirse en contratos a plazo indeterminado, generando importantes contingencias laborales para el empleador.
La Corte Suprema, mediante la Casación N.° 25800-2022-Huánuco (2024), recordó los principales supuestos en los que se produce la desnaturalización de los contratos modales. Si bien esta sentencia no constituye precedente vinculante obligatorio, reafirma criterios importantes que las empresas deben considerar al contratar personal temporal.
Sobre el caso:
Una trabajadora demandó su reposición alegando que había sido despedida sin causa. Durante el proceso se analizó la naturaleza de su contratación y la Corte Suprema reiteró los supuestos previstos en el artículo 77 del Decreto Supremo N.° 003-97-TR (Ley de Productividad y Competitividad Laboral), que determinan cuándo un contrato modal pierde su validez y se convierte en uno de duración indeterminada.
Lo que establece la Corte Suprema
La sentencia recuerda que un contrato modal se desnaturaliza cuando ocurre cualquiera de las siguientes situaciones:
¿Qué debo hacer como empleador?
Esta casación recuerda que la temporalidad debe estar debidamente sustentada desde el inicio y mantenerse durante toda la vigencia del contrato. No basta con firmar contratos modales; la empresa debe poder demostrar la causa objetiva que justifica la contratación temporal.
Una revisión periódica de los contratos vigentes permite identificar riesgos antes de que se conviertan en demandas por reposición o reclamaciones de beneficios laborales.
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