En contextos de crisis empresarial, muchas compañías optan por la disolución y liquidación como salida. Sin embargo, surge una pregunta clave: ¿esta decisión permite extinguir los contratos de trabajo sin asumir responsabilidades laborales?
La Corte Suprema, en la Casación Laboral N.° 16865-2023 Lima (2025) , responde a esta interrogante y fija criterios importantes para los empleadores.
Sobre el caso:
Un trabajador de Avianca Perú S.A. en liquidación demandó su reposición por despido fraudulento y, de manera subordinada, el pago de indemnización por despido arbitrario.
La empresa comunicó su cese en mayo de 2020, sustentando la decisión en su proceso de disolución y liquidación, en el contexto de la crisis generada por el COVID-19.
En primera y segunda instancia, la demanda fue declarada infundada. Sin embargo, se evidenció un punto clave:
Fallo de la Corte Suprema:
La Corte Suprema declaró fundado en parte el recurso de casación y determinó que:
La Corte enfatiza que la disolución y liquidación no exime automáticamente al empleador de responsabilidad laboral si no se cumplen las exigencias legales.
Importancia para las empresas:
Este criterio es especialmente relevante porque aclara que:
En otras palabras, una mala ejecución del proceso puede generar costos laborales significativos, incluso cuando la empresa ya no opera.
Recomendación
Antes de ejecutar ceses por disolución o liquidación:
Una decisión empresarial válida en lo societario puede convertirse en una contingencia laboral si no se gestiona correctamente.