Publicado el: mayo 9, 2025
Desde hoy, las empresas del régimen laboral privado deben tener presente una novedad relevante: la Ley N.º 32322 ha ampliado temporalmente las reglas de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). La norma —que modifica el Decreto Legislativo 650— permite a todos los trabajadores del sector privado disponer libremente de la totalidad de su CTS y sus intereses hasta el 31 de diciembre de 2026. La medida, concebida para inyectar liquidez en un contexto económico complejo y atender eventuales gastos de salud grave, también incorpora de forma permanente el retiro total cuando el trabajador acredite enfermedad terminal o cáncer. Además, encarga al Poder Ejecutivo adecuar el Texto Único Ordenado y su reglamento en un plazo máximo de treinta días calendario, contados a partir del 10 de mayo de 2025.
Puntos clave de la Ley N.º 32322:
Los trabajadores comprendidos en el D. Leg. 650 pueden retirar todo su fondo CTS —e intereses— en cualquier momento hasta el 31-dic-2026; después volverán a regir las reglas ordinarias.
El trabajador diagnosticado con enfermedad terminal o cáncer, acreditado ante el empleador, mantiene la posibilidad de retirar el 100 % de su CTS en cualquier momento, sin límite temporal.
Se mantiene la regla histórica del artículo 41 del TUO del D. Leg. 650, que permite retiros parciales —sin necesidad de sustento— de hasta el 50 % del saldo CTS. Este derecho sigue vigente y no se ve afectado por la Ley 32322.
El Poder Ejecutivo debe publicar las adecuaciones reglamentarias a más tardar el 09-jun-2025.
Recomendación
Se recomienda que las empresas vigilen permanentemente la próxima publicación del reglamento del MTPE y lo difundan internamente apenas aparezca, actualicen de inmediato sus protocolos de Recursos Humanos y tesorería —incluyendo nuevos formatos de solicitud, plazos y mecanismos de verificación médica—, coordinen con las entidades financieras para agilizar los desembolsos y evitar contingencias operativas, capaciten a su personal sobre el procedimiento y las implicancias tributarias o previsionales de los retiros, y comuniquen oportunamente a todos los trabajadores las opciones disponibles, los pasos que deben seguir y la fecha límite del 31 de diciembre de 2026 para retirar su CTS.
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