EL MARTES 22 DE AGOSTO VENCE EL PLAZO PARA LA ADECUACIÓN A LAS NUEVAS NORMAS DE TERCERIZACIÓN

Publicado el: Agosto 22, 2022

Este martes 22 de agosto del presente año se vence el plazo para que las empresas se adecuen a las
modificaciones sobre los servicios de tercerización establecidas en el Decreto Supremo N° 001-2022-TR.

Para recordar

Mediante el Informe N° 099-2022-MTPE/2/14.1 publicado el 21de marzo del presente año por la
Dirección de Normativa de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, se contestó
algunas interrogantes vinculadas a la aplicación e implementación de lo dispuesto por el Decreto
Supremo N° 001-2022-TR. Entre las mas importantes tenemos las siguientes.

¿Considerando la amplitud del objeto social y siendo esta su actividad principal, una empresa puede
tener más de un núcleo de negocio?

El núcleo del negocio no es estático. Puede ir variando con el tiempo o abarcar más de una actividad.
Se debe aplicar el criterio de realidad y flexibilidad.

¿Cuáles serán las consecuencias para aquellas empresas (principal y tercerizadora) que contraten o
continúen ejecutando contratos de tercerización para el desarrollo de actividades que constituyen el
núcleo del negocio, después de publicado el DS 001-2022- TR?

• Tanto las tercerizaciones que se encontraban vigentes al 23 de febrero de 2022, como aquellas
que se contraten con posterioridad a dicha fecha, se sujetan a las reglas establecidas por el DS.
Por tanto, si se ejecutan actividades nucleares, en uno u otro caso, operará la desnaturalización
de la figura.
• No obstante, lo antes señalado, la norma ha establecido una distinción en relación al momento en
que se podrá sancionar la desnaturalización: Para el caso de las tercerizaciones que se
encontraban vigentes al 23 de febrero de 2022, estas se sujetan al plazo de adecuación de 180
días. Superado dicho plazo, se podrá sancionar la desnaturalización de aquellos supuestos que no
hayan cumplido con la adaptación regulada. Para el caso de las tercerizaciones que se contraten
con posterioridad al 23 de febrero de 2022, estas no se sujetan al plazo de adecuación. Por tanto,
se podrá sancionar la desnaturalización de manera inmediata.

¿Los trabajadores de las empresas tercerizadoras que pasarían a la empresa principal mantienen sus
condiciones laborales ante la incorporación voluntaria por parte de la empresa principal?

Si se produce la desnaturalización, se considera que existe una relación laboral directa entre los
trabajadores y la empresa principal desde que se produjo el desplazamiento, salvo prueba en
contrario. Por tanto, a tales trabajadores les corresponden las condiciones salariales y de trabajo de la
empresa principal.

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