ELECCIONES 2026: LO QUE TODA EMPRESA DEBE SABER SOBRE EL DESCANSO DE MIEMBROS DE MESA

Publicado el: abril 10, 2026

En el marco de las Elecciones Generales 2026, se ha recordado una obligación clave para los empleadores respecto a los trabajadores designados como miembros de mesa. Según lo difundido recientemente, diversas empresas han mostrado dudas o resistencia frente a la concesión del descanso posterior a la jornada electoral. Sin embargo, la normativa electoral y laboral vigente establece con claridad que este derecho es obligatorio y no facultativo. No se trata de un beneficio opcional, sino de una obligación respaldada por disposiciones emitidas por la autoridad electoral y el Ministerio de Trabajo.

¿Qué establece la norma?

  • Los trabajadores que ejercen funciones como miembros de mesa tienen derecho a un día de descanso remunerado posterior a la jornada electoral.
  • Este descanso es obligatorio para el empleador, siempre que el trabajador acredite su participación con la constancia correspondiente.
  • Negar este beneficio puede ser considerado una infracción laboral, sujeta a fiscalización por parte de SUNAFIL.

Este derecho se sustenta en disposiciones vinculadas a los procesos electorales emitidas por la ONPE y normas laborales que protegen el ejercicio de deberes cívicos.

¿Qué debo hacer como empleador?

Es fundamental reconocer que la participación como miembro de mesa implica una jornada extensa que puede superar las 12 horas. Por ello, otorgar el descanso no solo es una obligación legal, sino una medida razonable para proteger la salud y productividad del trabajador. Además, cumplir con esta disposición evita contingencias legales y sanciones administrativas.

Recomendaciones prácticas

  • Solicitar al trabajador la constancia de participación como miembro de mesa.
  • Registrar adecuadamente el día de descanso remunerado en la planilla.
  • Comunicar internamente esta política para evitar decisiones erróneas de jefaturas o áreas operativas.
  • Prever reemplazos o redistribución de funciones para garantizar la continuidad del negocio.
  • Capacitar al área de recursos humanos sobre obligaciones laborales en


El descanso remunerado para miembros de mesa no es negociable. Cumplir con esta obligación no solo evita sanciones, sino que demuestra compromiso empresarial con el ejercicio democrático y el respeto de los derechos laborales.

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