EMPRESAS TIENEN HASTA ESTE 23 DE AGOSTO PARA COMPLETAR AUDITORÍAS DE SEGURIDAD Y SALUD

Publicado el: Agosto 23, 2023

En el marco del fin de la emergencia sanitaria, es vital que las empresas retomen y prioricen las auditorías relacionadas al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud (SGSST). Esta acción no solo se enfoca en la integridad y bienestar de los trabajadores, sino que es una obligación cuyo incumplimiento puede incurrir en importantes sanciones.

¿Qué es lo que contiene el SGSST?

El Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST) se compone de los siguientes elementos fundamentales:

  • Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • Organización del SGSST.
  • Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • Capacitaciones.
  • Mapa de Riesgos.

¿Cuál es el plazo límite para que los empleadores reactiven estas auditorías?

Luego del cese de la Emergencia Sanitaria, los empleadores tienen un periodo de 90 días para reiniciar las evaluaciones del SGSST. El plazo final para ejecutar estas auditorías es el 23 de agosto de 2023. A partir del 24 de agosto, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) comenzará a supervisar y sancionar a aquellas empresas incumplidoras.

¿Quiénes están facultados para llevar a cabo estas auditorías y cuál es su propósito principal?

Las auditorías sólo pueden ser realizadas por auditores registrados y autorizados por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, los cuales están inscritos en el “Registro de Auditores autorizados para la evaluación periódica del SGSST”, conforme al Decreto Supremo N° 014-2013-TR. La elección del auditor debe ser participativa, incluyendo a los trabajadores o sus representantes.

¿Qué consecuencias enfrentarán las empresas que no cumplan con estas auditorías?

La omisión de estas evaluaciones se considera una infracción seria en cuanto a las regulaciones de Seguridad y Salud en el Trabajo. Las multas administrativas para las empresas que incumplan con estos requerimientos pueden oscilar entre S/ 544.50 y S/ 129,294.00, dependiendo de la naturaleza de la empresa y el número de trabajadores afectados.

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