Publicado el: julio 4, 2024
La Resolución N° 336-2023-Sunafil/TFL-Primera Sala, emitida por la Primera Sala del Tribunal de Fiscalización Laboral (TFL) de la Sunafil, ha determinado que un accidente laboral causado por el comportamiento de un tercero no es atribuible al empleador. A continuación, daremos más detalles sobre el caso.
Desarrollo del caso
Una trabajadora de una clínica sufrió un accidente al chocar con una paciente que caminaba rápidamente por los pasillos del centro de trabajo. El impacto ocasionó que la trabajadora se golpeara la cabeza, resultando en contusiones y una contractura muscular. A raíz de este accidente, la Sunafil inspeccionó y sancionó a la clínica con tres multas por infracciones muy graves en materia de seguridad y salud en el trabajo. Estas infracciones incluían no brindar información sobre riesgos específicos, no contar con una adecuada Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos (IPER), y falta de señalización adecuada.
La clínica apeló la decisión, argumentando que las sanciones eran inapropiadas ya que el accidente fue causado por una circunstancia extraordinaria e imprevisible, es decir, el comportamiento de la paciente.
Decisión del Tribunal
El TFL declaró fundado el recurso de revisión interpuesto por la clínica, señalando que el accidente fue causado por el comportamiento imprevisible de un tercero (la paciente) y no por omisiones del empleador en materia de seguridad y salud en el trabajo. El Tribunal determinó que no había suficiente evidencia para establecer un nexo causal entre las supuestas omisiones del empleador y el accidente ocurrido.
Punto importante
Esta decisión del TFL establece que el empleador no es responsable por accidentes laborales causados por el comportamiento de terceros, en tanto no se demuestre un nexo causal directo con omisiones en el sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo. Este criterio se aleja de la postura de que el empleador siempre es responsable por los accidentes en el centro de trabajo bajo el principio de prevención.
Recomendación
A raíz de esta resolución, se recomienda a las empresas verificar la implementación integral de su sistema de seguridad y salud en el trabajo. Es crucial que la matriz IPER esté bien elaborada y refleje adecuadamente los riesgos asociados a los puestos, el ambiente de trabajo y la infraestructura. Mantener una documentación detallada y actualizada de todas las medidas preventivas y correctivas implementadas puede ser clave para desvirtuar imputaciones y evitar sanciones injustas.