¿ESTÁ PERMITIDO QUE EL EMPLEADOR SOLICITE LA HISTORIA CLÍNICA DE SUS TRABAJADORES?

Publicado el: Noviembre 14, 2023

El respeto por la intimidad personal del trabajador es un derecho fundamental protegido por la Constitución y diversas leyes nacionales. Dentro de este marco, la solicitud de la historia clínica por parte del empleador se considera una amenaza a la intimidad, resultando en una práctica prohibida por la legislación vigente. Este boletín desglosa información esencial respecto a esta prohibición, basándose en la jurisprudencia y normativa aplicable.

¿Está permitido que el empleador solicite la historia clínica de sus trabajadores? No, la solicitud de información sobre la salud del trabajador contenida en su historia clínica no se considera un ejercicio del derecho a la información pública, sino una amenaza al derecho a la intimidad personal, dado que estos datos son privados y forman parte de la esfera íntima de la persona​.

¿Qué implicaciones tiene para el empleador el solicitar la historia clínica del trabajador?

En un caso llevado ante la Corte Superior de Justicia de La Libertad (Exp. N° 00166-2016-0-1618-JM-CI-01), se discutió la vulneración del derecho a la intimidad por la solicitud de información del estado de salud de una trabajadora. La demandante argumentó que dicha acción era una evidencia de trato desigual y animadversión, lo cual fue considerado como una violación de su derecho constitucional a la intimidad personal​.

¿Qué sanciones se contemplan para quien divulgue información médica privada?

La divulgación de datos de salud sin consentimiento puede conllevar sanciones graves. La Superintendencia Nacional de Salud, mediante el Reglamento de Infracciones y Sanciones, establece que la divulgación indebida de datos de salud es una falta grave que puede resultar en multas significativas. Además, los profesionales de la salud que divulguen información pueden incurrir en responsabilidad civil o penal, de acuerdo con la Ley General de Salud y la Ley de Protección de Datos Personales​.

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