ESTABLECEN NUEVAS DISPOSICIONES PARA LA VIGILANCIA Y CONTROL DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES FRENTE A LA COVID-19

Publicado el: Septiembre 5, 2022

Este sábado 3 de setiembre del presente año, se publicó la Resolución Ministerial 675- 2022/MINSA en el diario oficial “El Peruano”, mediante la cual se establece modificaciones a la disposiciones para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición al COVID-19.

¿Cuáles son las nuevas disposiciones?

Entre las principales disposiciones tenemos las siguientes:

TemaNueva disposición
AislamientoSe mantiene restringido el desplazamiento fuera de su vivienda o centro de aislamiento ahora por un lapso de 7 a 10 días, contados a partir de la fecha de inicio de síntomas del caso.
Reincorporación al centro de trabajoPara el retorno del trabajador a laborar, el alta médica deberá ser revisada por el médico del servicio de salud y seguridad en el trabajo o el que haga sus veces.
VacunaciónLas empresas deben garantizar un ambiente seguro de trabajo, verificando que, de preferencia y ya no de forma obligatoria, todos sus trabajadores estén debidamente vacunados para la COVID-19.
Sobre el para la vigilancia, prevención y control de la COVID-19Las empresas a través del Servicio de SST, se debe elaborar el Plan de Vigilancia, el mismo que debe ser remitido al Comité o al Supervisor SST, según corresponda, para su aprobación en un plazo máximo de 48 horas a partir de su recepción. Adicionalmente se elimina la obligatoriedad de registro en el CENSOPAS.
Reincorporación al trabajo de trabajadores con factores de riesgoEl médico del servicio de SST debe valorar la información clínica disponible para precisar el estado de salud y riesgo laboral individual de cada trabajador.Los trabajadores que se encuentren en alguno de los grupos de riesgo realizan trabajo presencial, remoto o mixto, de acuerdo con la necesidad del servicio.

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