¿ESTE VIERNES 30 DE DICIEMBRE Y 02 DE ENERO SERÁ DÍA NO LABORABLE PARA EL SECTOR PRIVADO?

Publicado el: Diciembre 29, 2022

Este 29 de diciembre de 2022, se publicó Decreto Supremo N° 151-2022-PCM en el diario oficial “El Peruano”, mediante el cual se decretó los días no laborables en el sector público para el 2023 y 2024.

¿Qué días fueron declarados como no laborables?

Se declararon los siguientes días como no laborables para los trabajadores del sector público a nivel nacional:

  • Lunes 2 de enero de 2023
  • Viernes 28 de abril de 2023
  • Viernes 30 de junio de 2023
  • Jueves 27 de julio de 2023
  • Lunes 9 de octubre de 2023
  • Jueves 7 de diciembre de 2023
  • Martes 26 de diciembre de 2023
  • Martes 2 de enero de 2024

¿Qué quiere decir con no laborables?

Cuando señalan días no laborables es porque estos están sujetos a compensación posterior, para estos días el decreto señala que serán compensadas en los diez (10) días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública.

Para recordar

El pasado 01 de abril del 2022, se publicó el Decreto Supremo N° 033-2022-PCM en el diario oficial “El Peruano”, mediante el cual se decretó los días no laborables en el sector público para el 2022.

¿Entonces el 30 de diciembre y 02 de enero fueron declarados como no laborales?

Según el Decreto Supremo N° 033-2022-PCM en el listado de días declarados como no laborables se encuentra el 30 de diciembre y en el Decreto Supremo N° 151-2022- PCM el 02 de enero del 2023.

¿La empresa privada puede acogerse a estos días?

Efectivamente, las empresas privadas pueden acogerse de manera voluntaria tras un previo acuerdo con el trabajador, estableciendo la forma cómo se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar. En caso no haya un acuerdo entre las partes, decidirá el empleador.

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