¿EXIME LA NEGLIGENCIA DEL TRABAJADOR AL EMPLEADOR DE SUS OBLIGACIONES EN SEGURIDAD Y SALUD LABORAL?

Publicado el: Febrero 14, 2024

El compromiso con la seguridad y la salud en el lugar de trabajo es un deber ineludible para los empleadores, independientemente de las acciones o conductas de los trabajadores. La Resolución N° 333-2021-Sunafil/TFL de la Primera Sala del Tribunal de Fiscalización Laboral recalca este principio fundamental, incluso en casos donde la negligencia del trabajador pueda ser un factor en los accidentes laborales.

Desarrollo del Caso

La empresa fue sancionada por no garantizar condiciones de seguridad adecuadas, tras un accidente laboral involucrando a uno de sus trabajadores, quien eligió transitar por una zona peligrosa del lugar de trabajo. La defensa del empleador se centró en atribuir la causa del accidente a la conducta negligente del trabajador. Sin embargo, el Tribunal enfatizó que la responsabilidad de asegurar un entorno de trabajo seguro y saludable recae siempre en el empleador, independientemente de las acciones del empleado.

Fallo de la Sentencia

El Tribunal de Fiscalización Laboral, apoyándose en criterios de la Corte Suprema, declaró infundado el recurso de la empresa, manteniendo la multa impuesta. Se resaltó que el deber del empleador de garantizar la seguridad y salud en el trabajo no se ve mermado por la negligencia o el comportamiento imprudente del trabajador. Esta decisión subraya la importancia de la prevención y la responsabilidad empresarial en la creación de entornos laborales seguros.

Recomendación

La seguridad y salud en el trabajo es una responsabilidad compartida que exige un compromiso constante por parte de los empleadores para proteger a sus trabajadores. Este fallo recuerda a las empresas la importancia de mantener y fortalecer continuamente sus sistemas de gestión de seguridad y salud laboral, sin importar las circunstancias.

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