EXONERACIÓN DEL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL

Publicado el: Agosto 2, 2022

El impuesto predial es un tipo de tributo que se grava la propiedad inmueble, que
debe abonarse a favor del municipio al que corresponde dicho bien, a fin de que
este garantice el funcionamiento de servicios básicos y la continuidad en el desarrollo
de obras.

¿Quiénes son beneficiarios de esta exoneración?

El beneficio consiste en la deducción de 50 Unidades Impositivas Tributarias
(UIT) de la base imponible del impuesto predial. Asimismo, el marco normativo vigente
establece como beneficiarios de la exoneración del pago del impuesto predial a los
siguientes sujetos:
• Pensionistas
• Persona adulta mayor

¿Qué requisitos se deben cumplir para solicitar el beneficio?

Antes de solicitar este beneficio deberá tener presente las siguientes condiciones:
• Tener más de 60 años.
• Ser propietario de un solo inmueble.
• Este debe estar a nombre propio o de la sociedad conyugal.
• Debe ser destinado a vivienda.
• Los ingresos brutos no deben exceder una UIT mensual S/ 4,600.00.

¿Cómo se da inicio al trámite?

Para iniciar el trámite deberá comunicarse con la municipalidad del distrito en el que se
ubique el inmueble e ingresar una solicitud por escrito en mesa de partes.

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