Publicado el: Diciembre 3, 2022
Este jueves 01 de diciembre del 2022, se publicó el Decreto Supremo en el diario oficial “El Peruano” en edición extraordinaria, el que otorga facilidades a miembros de mesa y electores en el marco de la segunda convocatoria a elecciones regionales 2022.
¿Qué beneficio obtendrán aquellos trabajadores que son miembros de mesa?
¿Qué sucede con aquellos trabajadores que laboran en una provincia distinta a su lugar de votación?
Para aquello casos el trabajador está facultado para no prestar servicios los días viernes 02, sábado 03, domingo 04 y lunes 05 de diciembre de 2022, para poder ejercer su derecho a voto, los cuales, deben ser compensados mediante un acuerdo con el empleador. A falta de acuerdo, decide el empleador.
¿Contarán con tolerancia los trabajadores que laboran el 04 de diciembre?
En el caso de los trabajadores que voten en la misma provincia en la cual laboran y cuya jornada laboral coincida con el horario de votación, se les deberán brindar periodos de tolerancia, los empleadores decidirán la forma de recuperación y/o compensación de las horas dejadas de laborar. A falta de acuerdo, decide el empleador