FACILIDADES Y BENEFICIOS LABORALES PARA LOS TRABAJADORES EN LA SEGUNDA VUELTA DE LAS ELECCIONES

Publicado el: Diciembre 3, 2022

Este jueves 01 de diciembre del 2022, se publicó el Decreto Supremo en el diario oficial “El Peruano” en edición extraordinaria, el que otorga facilidades a miembros de mesa y electores en el marco de la segunda convocatoria a elecciones regionales 2022.

¿Qué beneficio obtendrán aquellos trabajadores que son miembros de mesa?

  • Se ha declarado día no laborable compensable este 5 de diciembre para aquellos trabajadores que tienen que cumplir la labor de ser miembro de mesa durante estas elecciones del 4 de diciembre.
  • Para poder gozar de este beneficio el trabajador deberá presentar al empleador al momento de reinicio de sus actividades el Certificado de Participación, el cual es entregado por la Oficina Nacional de Procesos Electorales. (ONPE)

¿Qué sucede con aquellos trabajadores que laboran en una provincia distinta a su lugar de votación?
Para aquello casos el trabajador está facultado para no prestar servicios los días viernes 02, sábado 03, domingo 04 y lunes 05 de diciembre de 2022, para poder ejercer su derecho a voto, los cuales, deben ser compensados mediante un acuerdo con el empleador. A falta de acuerdo, decide el empleador.

¿Contarán con tolerancia los trabajadores que laboran el 04 de diciembre?
En el caso de los trabajadores que voten en la misma provincia en la cual laboran y cuya jornada laboral coincida con el horario de votación, se les deberán brindar periodos de tolerancia, los empleadores decidirán la forma de recuperación y/o compensación de las horas dejadas de laborar. A falta de acuerdo, decide el empleador

Te recomendamos

Publicado el:Febrero 28, 2020

¿CÓMO SE ELIGE UNA ENTIDAD PRESTADORA DE SALUD?

Publicado el:Febrero 28, 2020

CUOTA DE EMPLEO DE PERSONAL CON DISCAPACIDAD

Publicado el:Febrero 28, 2020

REINCORPORACIÓN DE TRABAJADOR CON DIAGNOSTICO O CASO SOSPECHOSO DE COVID-19