HOSTIGAMIENTO SEXUAL: ¿CON QUÉ DEBEN CONTAR LAS EMPRESAS?

Publicado el: Octubre 12, 2023

La Ley N°27942 y su reglamento, aprobado mediante DS 014-2019-MIMP, establecen un marco legal para prevenir, identificar y sancionar el hostigamiento sexual en el entorno laboral, educativo y en otras relaciones. Este boletín busca informar a las empresas sobre sus responsabilidades y las potenciales sanciones en caso de incumplimiento.

¿Es lo mismo hostigamiento sexual que acoso sexual?

No. El hostigamiento sexual se caracteriza por ocurrir en espacios institucionales y su regulación es administrativa, con sanciones como amonestaciones o despidos. Por otro lado, el acoso sexual es un delito penal, sancionado con penas de cárcel, y puede ocurrir en cualquier ámbito, incluyendo la calle.

¿Qué actos configuran o se toman como hostigamiento sexual?

Aquellos actos de naturaleza o connotación sexual no deseados por la víctima, como comentarios e insinuaciones sexuales, observaciones lascivas, material pornográfico, tocamientos, exigencias sexuales, entre otros. Y también los actos que promueven estereotipos de género o que suponen la subordinación de un sexo o género respecto del otro.

¿Qué obligaciones debe cumplir la empresa relacionados con el hostigamiento sexual?

Las empresas deberán cumplir con las siguientes obligaciones:

  • Capacitar a los trabajadores sobre las normas contra el hostigamiento sexual.
  • Adoptar medidas para cesar las amenazas o represalias del hostigador.
  • Informar al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo sobre los casos de hostigamiento sexual y sus investigaciones.
  • Realizar evaluaciones anuales para identificar posibles situaciones de hostigamiento sexual.
  • Implementar canales de queja o denuncia y procedimientos de investigación y sanción del hostigamiento sexual.

¿A todas las empresas les corresponde tener un comité?

Solo a las empresas con 20 o más trabajadores se les requiere implementar un Comité de Intervención frente al Hostigamiento Sexual. En empresas con menos de 20 trabajadores, un delegado asume esta función.

¿Cuáles son las sanciones que se aplican por no cumplir con las obligaciones?

Las infracciones pueden incluir no comunicar al Ministerio sobre un caso, no adoptar medidas necesarias para prevenir o cesar el hostigamiento, o no iniciar el procedimiento de investigación y sanción del hostigamiento sexual, entre otros. Se clasifican en leves, graves y muy graves. La cuantía de las multas depende del número de trabajadores afectados y la condición de la empresa, aplicando un factor al monto de la UIT (S/ 4.950).

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