LO QUE DEBES DE SABER SOBRE LA UNIÓN DE HECHO

Publicado el: Abril 4, 2023

En la sociedad actual, las relaciones y las formas de convivencia han experimentado un proceso de cambio y evolución significativo. La Unión de Hecho, una figura legal que reconoce los derechos y responsabilidades de parejas que conviven en condiciones similares a las del matrimonio, se ha convertido en una alternativa cada vez más popular en Perú. En este artículo, nos adentraremos en el mundo de la Unión de Hecho, explorando sus fundamentos legales, requisitos, beneficios y diferencias con respecto al matrimonio.

¿Qué es la unión de hecho?

Según el Código Civil peruano, la unión de hecho es la convivencia libre y voluntaria entre un hombre y una mujer sin impedimento matrimonial, para alcanzar finalidades y cumplir deberes semejantes a los del matrimonio. Esta unión origina una sociedad de bienes que se sujeta al régimen de sociedad de gananciales, siempre que dicha unión haya durado por lo menos dos años continuos.

¿Cuál es la diferencia de la unión de hecho y el matrimonio?

La principal diferencia entre estos conceptos es que el matrimonio, una vez que se celebre este acto jurídico en una municipalidad, los conyuges tienen la opción de escoger bajo qué régimen quieren estar: sociedad de gananciales o  separación de patrimonios. Mientras que la unión de hecho no existe la opción de poder escoger el régimen.

Además de ello, el Código Civil también señala que, en el matrimonio, los cónyuges tienen deberes de fidelidad y asistencia, mientras que en la unión de hecho no están señalados estos deberes por ley.

¿Cómo se registra una unión de hecho?

Una vez que los convivientes decidan inscribir formalmente su unión de hecho, el primer paso para realizarlo es acudir a un notario público. Aquí se tramita de acuerdo a los siguientes requisitos:

  • Solicitud que incluya los nombres y firmas de ambos solicitantes, así como el reconocimiento expreso que conviven no menos de dos años de manera continua.
  • Declaración expresa de los solicitantes que se encuentran libres de impedimento matrimonial y que ninguno tiene vida en común con otro varón o mujer, según sea el caso.
  • Certificado domiciliario de los solicitantes (el domicilio debe ser el mismo para ambos convivientes).
  • Certificado negativo de unión de hecho tanto del varón como de la mujer, expedido por el registro de la oficina registral donde domicilian los solicitantes.
  • Declaración de dos testigos indicando que los solicitantes conviven dos años continuos o más.
  • Otros documentos que acrediten que la unión de hecho tiene por lo menos dos años continuos.

Una vez hecho esto, el notario realizará la publicación de un extracto de la solicitud. Pasados 15 días útiles, de no presentarse oposición, se extenderá la escritura pública con la declaración del reconocimiento de la unión de hecho entre los convivientes, la cual se remitirá al Registro Personal de la Sunarp del lugar donde estos domicilian.

El costo de inscripción de una unión de hecho en la Sunarp es de S/ 22.00 y el plazo de inscripción son 7 días.

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