Publicado el: Junio 9, 2023
Muchas empresas buscan las formas de mejorar las condiciones salariales sin incurrir en costos extra, las Prestaciones Alimentarias, reguladas por la Ley N° 28051, surgen como una respuesta eficaz a este desafío. En este boletín, vamos a desgranar sus elementos esenciales y su impacto.
¿Cuáles son las modalidades de prestación alimentaria que un empleador puede otorgar?
Las modalidades de prestación pueden ser las siguientes:
Suministro directo
Suministro indirecto
¿Cuál es la naturaleza de las prestaciones alimentarias otorgadas bajo la modalidad de suministro indirecto?
Las prestaciones alimentarias otorgadas bajo la modalidad de suministro indirecto son consideradas remuneración no computable, es decir, no se toman en cuenta para la determinación de derechos o beneficios de naturaleza laboral, ni para los aportes y contribuciones a la Seguridad Social.
¿Existen límites para el valor de las prestaciones alimentarias?
Sí, el valor de las prestaciones alimentarias no puede exceder el 20% del monto de la remuneración mensual ordinaria del trabajador. Además, el valor de la prestación alimentaria no puede superar las dos remuneraciones mínimas vitales dentro del año. Si estos límites se exceden, el exceso se considerará como remuneración computable para todos los beneficios sociales que la Ley establece.