Publicado el: Agosto 19, 2022
El martes 16 de agosto del presente año, fue publicada la Ley N° 31561 en el diario oficial “El Peruano”, mediante la cual se establece medidas complementarias para la prevención del cáncer en las mujeres, el control y atención especializada del cáncer de mama y de cuello uterino, así como de otros diagnósticos oncológicos que padece la población.
¿Qué es lo que establece esta nueva ley para las trabajadoras?
Se establece que las mujeres trabajadoras de la sector público y privado, incluida la Policía Nacional del Perú y las Fuerzas Armadas, tienen derecho a un día al año de licencia con goce de haber, cuando concurran a realizarse los exámenes de detección temprana del cáncer de mama y de cuello uterino.
Disposición para las aseguradoras
Las aseguradoras, sean públicas o privadas, incorporan en sus planes de seguro y que
requiere indicación del médico tratante lo siguiente:
a. Cirugía reconstructiva para las pacientes con cáncer de mama que hubieran
tenido una mastectomía parcial o total.
b. Procedimientos quirúrgicos que contemplen la posibilidad de dispositivos médicos
según el tipo de cáncer que padezca el paciente.
c. Tratamientos especializados que contribuyan a la rehabilitación física, psicológica
y psiquiátrica. Asimismo, los establecimientos de salud públicos o privados
establecen un procedimiento para la atención prestacional prioritaria de los
pacientes con diagnóstico oncológico.
A tener en cuenta
La norma será reglamentada por el Poder Ejecutivo en un plazo no mayor de sesenta (60) días, para poder establecer los mecanismos de solicitud de la licencia, entre otros puntos.