Publicado el: noviembre 24, 2025
En el marco de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su Reglamento, todas las empresas deben contar con un Plan de Respuesta ante Emergencias (PRE) como parte de su Sistema de Gestión SST. SUNAFIL viene fiscalizando activamente su existencia y correcta implementación, imponiendo multas por no contar con el documento, por no capacitar a las brigadas o por no realizar simulacros. Aunque no es un precedente obligatorio, los criterios reiterados de SUNAFIL muestran un estándar claro de cumplimiento.
Lo que exige la normativa: contenido mínimo del Plan
El Plan debe permitir responder de manera organizada ante incendios, sismos, fugas químicas, explosiones, accidentes graves u otras emergencias. La normativa exige incluir, como mínimo:
Brigadas y roles definidos
Sistema de comunicaciones
Recursos y equipamiento
Mapa de riesgos y rutas de evacuación
Procedimientos específicos
Simulacros y capacitación
¿Para qué sirve al empleador?
Contar con un Plan de Respuesta ante Emergencias actualizado permite al empleador reducir significativamente el riesgo de víctimas y daños ante un evento crítico, ordenar la respuesta del personal para evitar la improvisación, dar cumplimiento a la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo demostrando diligencia ante una fiscalización de SUNAFIL, y proteger la continuidad del negocio al minimizar pérdidas operativas, materiales y reputacionales
Recomendaciones prácticas
Se recomienda que las empresas actualicen su Plan de Respuesta ante Emergencias al menos una vez al año, designen formalmente a sus brigadistas, mantengan en buen estado los equipos de emergencia, capaciten al personal de manera constante, ejecuten simulacros periódicos con informes documentados y mantengan visibles los planos y rutas de evacuación, ya que todos estos elementos son verificados por SUNAFIL y permiten responder de manera organizada y eficaz ante cualquier situación de riesgo.