¿Por qué es fundamental contar con un Comité o Delegado frente al hostigamiento sexual en tu empresa?

Publicado el: junio 6, 2025

El hostigamiento sexual en el lugar de trabajo es una forma grave de violencia que puede tener efectos devastadores sobre las víctimas, así como sobre el ambiente laboral y la reputación de la empresa. Por ello, las organizaciones deben cumplir con la normativa vigente y establecer medidas claras para prevenir y sancionar este tipo de comportamientos. El Comité o Delegado frente al Hostigamiento Sexual es un órgano clave para garantizar la seguridad, el respeto y el cumplimiento de las leyes en el entorno laboral. En este boletín, te explicamos la importancia de este órgano y cómo estar preparado ante una fiscalización de SUNAFIL.

¿Qué funciones debe cumplir el Comité o Delegado frente al hostigamiento sexual?

El Comité o Delegado frente al Hostigamiento Sexual, según la Ley N° 27942, debe cumplir con varias funciones clave para garantizar un entorno laboral libre de hostigamiento sexual. Estas incluyen recibir y gestionar de manera confidencial y eficiente las denuncias de hostigamiento, investigar los casos de forma imparcial, aplicar sanciones según la gravedad del hecho (desde amonestaciones hasta despidos), ofrecer medidas de protección para las víctimas (como traslados o rotación), y promover la formación continua de los trabajadores para sensibilizarlos sobre el respeto y las conductas apropiadas. La ley establece que las empresas con 20 o más empleados deben contar con un Comité, mientras que las que tienen menos de 20 deben designar un Delegado para cumplir estas funciones.

¿Cómo se constituye el Comité o Delegado frente al hostigamiento sexual?

Según la normativa vigente, el Comité debe estar compuesto por dos representantes del empleador y dos representantes de los trabajadores. Esto garantiza la imparcialidad y el balance entre ambas partes, asegurando que se respete la equidad durante el proceso de investigación. En caso de que no exista un Comité, la empresa debe nombrar un Delegado que asuma estas funciones y garantice el cumplimiento de la ley.

¿Cuáles son las medidas que debe tomar el Comité o Delegado en caso de una denuncia?

Cuando una denuncia es presentada, el Comité o Delegado debe actuar de forma diligente y en cumplimiento de la Ley N° 27942. Las medidas incluyen garantizar la seguridad de la víctima, implementando medidas de protección como la rotación de lugar de trabajo, la suspensión temporal del presunto hostigador o el traslado de la víctima, si lo solicita. Posteriormente, se inicia la investigación interna para determinar si se trata de un caso de hostigamiento sexual. En base a los resultados, se pueden aplicar sanciones que van desde amonestaciones hasta despidos.

Recomendación

Es crucial que todas las empresas cuenten con un Comité o Delegado frente al Hostigamiento Sexual, según la Ley N° 27942. Además, deben implementar políticas de cero tolerancia y brindar capacitación continua. Las infracciones, como no tener un Comité, no investigar denuncias o no capacitar al personal, pueden implicar multas de hasta S/ 321,000 (60 UIT para 2025). Actuar con prontitud y transparencia no solo protege a las víctimas, sino que previene sanciones de SUNAFIL.

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