Publicado el: Julio 31, 2024
Las personas nos identificamos legalmente a través de nuestras partidas de nacimiento, DNI, partida de matrimonio o defunción. Y es normal que cuando el padre, la madre, abuelo, esposo, esposa en vida quieran otorgar testamentos o anticipo de legítima (adelanto de herencia) a favor de sus familiares; o fallecido, no haya dejado testamento, y los herederos tengan que efectuar un proceso de Sucesión Intestada (declaratoria de herederos), y luego de ello, se puedan repartir la herencia.
¿Qué se debe tener en cuenta para estas situaciones?
Para poder ser favorecido en todos los actos anteriores, o ser declarado legalmente heredero, es INDISPENSABLE que los nombres de las personas coincidan en todos los documentos, así como de las personas que otorgan el derecho o han fallecido.
Por ejemplo
Recomendación
Es fundamental revisar detenidamente todos los documentos personales y familiares para detectar posibles errores en los nombres o cualquier otra información. Si se encuentra alguna discrepancia, se debe proceder a la rectificación lo antes posible para evitar complicaciones legales en el futuro. Consultar con un abogado especializado es lo más recomendable para elegir el procedimiento más adecuado y asegurar que todos los documentos sean correctos y válidos.