Publicado el: mayo 14, 2026
Muchas empresas incorporan practicantes para apoyar determinadas áreas y, en ocasiones, buscan mantenerlos luego de culminado el convenio de prácticas. Sin embargo, si esa continuidad no se maneja correctamente, puede generar contingencias laborales importantes. La Corte Suprema ha recordado recientemente que cambiar la modalidad contractual no siempre evita que exista una relación laboral, especialmente cuando el servicio continúa bajo las mismas condiciones de subordinación.
1. Contexto
La Corte Suprema, en la Casación Laboral N.° 55646-2022, Cusco, resolvió un caso contra EGEMSA. El practicante tuvo convenio de prácticas preprofesionales del 18 de marzo de 2019 al 8 de marzo de 2020. Luego, continuó prestando servicios bajo una supuesta locación de servicios.
La empresa señaló que ya no existía modalidad formativa, sino un contrato civil. Sin embargo, la Corte verificó que no hubo una verdadera pausa en la prestación de servicios y que existían coordinaciones por WhatsApp que demostraban subordinación. La sentencia fue emitida en 2025 y no se indica que sea precedente obligatorio.
2. Lo que ordena el criterio de la Corte
La Corte recordó que, si después del vencimiento del convenio de prácticas la persona continúa realizando labores para la empresa, especialmente bajo órdenes, permisos o coordinaciones internas, puede entenderse que existe una relación laboral común.
Este criterio se apoya en el artículo 51 de la Ley N.° 28518, Ley sobre Modalidades Formativas Laborales, que señala que la modalidad formativa se desnaturaliza, entre otros supuestos, cuando continúa después de la fecha de vencimiento del convenio.
3. ¿Qué debo hacer como empleador?
Este caso es útil porque recuerda que no basta cambiar el nombre del vínculo. Si una persona deja de ser practicante, pero sigue trabajando igual, recibe encargos, pide permisos o se integra a la operación diaria, la empresa puede enfrentar reclamos por desnaturalización, beneficios sociales y contingencias laborales.
4. Recomendaciones prácticas
Antes de que venza un convenio de prácticas, revise si la empresa realmente necesita que la persona continúe. Si seguirá prestando servicios bajo dirección de la empresa, evalúe contratarla laboralmente. Evite usar locaciones de servicios para cubrir puestos subordinados. Además, conserve evidencia del cierre del convenio, entrega de constancias y cese efectivo de actividades.