Publicado el: Noviembre 18, 2024
El Tribunal de Fiscalización Laboral (TFL) de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) ha emitido la Resolución N° 169-2024-Sunafil/TFL-Primera Sala, una resolución que refuerza la protección de la libertad sindical en Perú. En esta decisión, se ratifica que los actos que promuevan la desafiliación sindical a través de aumentos salariales selectivos pueden ser considerados actos antisindicales. El caso involucró a una empresa que otorgó aumentos remunerativos solo a trabajadores no sindicalizados, lo cual generó un impacto negativo en la afiliación sindical.
La resolución surgió a raíz de una inspección donde se detectó que, desde 2018, una empresa aplicaba incrementos salariales exclusivamente para trabajadores no sindicalizados, lo que resultó en una disminución de miembros en un sindicato minoritario de la empresa. La empresa justificó esta práctica argumentando que los incrementos respondían al ajuste del salario mínimo; sin embargo, el TFL consideró esta acción como una violación al derecho de sindicalización.
El TFL declaró infundado el recurso de revisión presentado por la empresa, señalando que la conducta de otorgar incrementos salariales diferenciados afectó directamente la libertad sindical de los trabajadores. El tribunal concluyó que, al no otorgar el incremento a los trabajadores afiliados, la empresa provocó una desafiliación que amenazó la existencia del sindicato, vulnerando así el derecho de sindicalización y contraviniendo el marco legal, que prohíbe cualquier acto que limite o afecte esta libertad.
Para evitar sanciones y conflictos legales, se recomienda a las empresas tratar de manera equitativa a todos los trabajadores en lo que respecta a incrementos salariales y beneficios, independientemente de su afiliación sindical. Cualquier práctica que pueda interpretarse como discriminatoria hacia trabajadores sindicalizados debe ser evitada, ya que podría considerarse un acto antisindical.