¿QUÉ CONSECUENCIAS ENFRENTAN LAS EMPRESAS QUE NO REALIZAN LOS APORTES DE LA AFP, ONP O ESSALUD?

Publicado el: Abril 29, 2024

Desde la publicación de la Ley N° 31823 que modificó el artículo 190 del Código Penal, el pasado 08 de julio del 2023, los empleadores enfrentan sanciones penales claras por el incumplimiento en el pago de las contribuciones a la AFP, ONP, o el seguro social de salud. Esta modificación legal establece penas significativas para asegurar el manejo apropiado de los aportes retenidos a los trabajadores.

¿Qué establece exactamente la modificación al artículo 190 del Código Penal?

La ley modificada impone penas de prisión de 2 a 4 años para empleadores que no paguen los aportes requeridos de seguridad social o que desvíen estos fondos para otros usos. Si el infractor es servidor público, las penas pueden ser de 3 a 6 años, además de la inhabilitación para ejercer cargos públicos.

¿Cuáles son las principales acciones penalizadas bajo esta normativa?

La norma penaliza específicamente la apropiación indebida de fondos destinados a fondos pensionarios o al seguro social de salud, incluyendo no solo el no pago, sino también el uso incorrecto de estos fondos.

¿Qué deben hacer los empleadores para asegurar el cumplimiento de esta ley?

Los empleadores deben gestionar diligentemente los aportes de seguridad social, asegurando que estos se depositen correctamente y se utilicen únicamente para los fines estipulados por la ley.

¿Cuáles son las consecuencias adicionales a las penas de prisión?

Además de las penas de prisión, los empleadores pueden enfrentar sanciones administrativas y la inhabilitación para desempeñar funciones públicas si se involucran servidores públicos en las infracciones.

Recomendación

Aunque la modificación legal no es reciente, su impacto continúa siendo profundo y relevante. Los empleadores deben estar plenamente conscientes de estas disposiciones para evitar sanciones penales y garantizar que los derechos de sus empleados estén debidamente protegidos.

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