¿Qué debes saber sobre la nueva Resolución de Superintendencia sobre fraccionamiento tributario?

Publicado el: octubre 22, 2024

El 18 de octubre de 2024, la SUNAT publicó la Resolución N.° 206-2024, que regula el Fraccionamiento Especial de deudas tributarias conforme al Decreto Legislativo N.° 1634. Esta medida ofrece a los contribuyentes diversas opciones de pago, facilitando la regularización de sus obligaciones tributarias de manera flexible.

¿Qué es el Formulario Virtual N.° 1707?

La SUNAT ha implementado el Formulario Virtual N.° 1707, el cual es necesario para solicitar el fraccionamiento. Este formulario permite gestionar la deuda tributaria y seleccionar la modalidad de pago que mejor se ajuste a las necesidades del contribuyente.

¿Cómo elegir la modalidad de pago?

Para acogerse al fraccionamiento, es imprescindible ingresar a la plataforma de SUNAT con el RUC y Clave SOL para obtener la «deuda personalizada». Luego, se completa el Formulario N.° 1707 el mismo día que se genera la deuda. Las opciones de pago son:

  • Pago al contado: La deuda total se paga en una sola transacción el mismo día de la solicitud, excepto si hay multas e intereses que se extinguen con un bono del 100 %. Se puede realizar el pago por Pago Fácil o en bancos autorizados.
  • Pago sumario o fraccionado: Si se elige pagar en partes, se abona una cuota inicial al presentar la solicitud. En el pago sumario, se paga al menos el 25 % de la deuda, mientras que en el pago fraccionado, se debe pagar al menos el 10 %. El saldo se puede pagar en una o más cuotas, utilizando SUNAT Virtual o el APP SUNAT mediante débito bancario o tarjeta de crédito.

¿Qué hacer si deseo desistir de la solicitud o necesito presentar garantías?

La resolución permite retirar la solicitud de fraccionamiento y establece los requisitos de garantías para deudas elevadas:

  • Desistimiento: Si el contribuyente decide retirar la solicitud, puede hacerlo antes de que la SUNAT la apruebe o rechace, ingresando a SUNAT Operaciones en Línea y seleccionando la opción de desistimiento.
  • Garantías: Para deudas mayores a 200 UIT (S/ 1,030,000), se deben presentar garantías como una hipoteca o una carta fianza. La carta fianza debe entregarse en 10 días hábiles, mientras que la hipoteca debe formalizarse e inscribirse en 40 días.

¿Cuáles son las fechas clave y cuándo entra en vigor la norma?

El plazo para solicitar el fraccionamiento comenzó el 19 de octubre de 2024 y finalizará el 20 de diciembre de 2024. La norma entró en vigor el 19 de octubre de 2024, por lo que es importante aprovechar esta oportunidad dentro de las fechas indicadas.

Te recomendamos

Publicado el:febrero 28, 2020

¿CÓMO SE ELIGE UNA ENTIDAD PRESTADORA DE SALUD?

Publicado el:febrero 28, 2020

CUOTA DE EMPLEO DE PERSONAL CON DISCAPACIDAD

Publicado el:febrero 28, 2020

REINCORPORACIÓN DE TRABAJADOR CON DIAGNOSTICO O CASO SOSPECHOSO DE COVID-19