El Tribunal de Fiscalización Laboral (TFL) de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) ha emitido nuevos criterios en la Resolución de Sala Plena N° 003-2024-Sunafil/TFL, definiendo cuándo una infracción laboral puede considerarse subsanable o insubsanable. Estos criterios son de observancia obligatoria y pretenden orientar tanto a empleadores como a inspectores sobre las obligaciones que, de ser incumplidas, pueden ser corregidas o, por el contrario, generan daños irreparables para los trabajadores.
Según el TFL, una infracción es subsanable cuando sus efectos antijurídicos pueden repararse totalmente, eliminando la ilegalidad del acto del empleador. Para ello, es necesario que el inspector de trabajo constate que las medidas tomadas por el empleador hayan revertido completamente el riesgo o potencial daño generado. Ejemplos comunes incluyen faltas que solo representan un riesgo potencial y no han llegado a generar daños tangibles, en cuyo caso, la infracción es subsanable si el empleador toma medidas correctivas adecuadas.
Las infracciones son insubsanables cuando los efectos de la afectación a los derechos de los trabajadores o el incumplimiento de una obligación laboral no pueden ser revertidos. Esto aplica, por ejemplo, a situaciones en las que se han generado daños irreversibles comprobados en el proceso de inspección, como accidentes de trabajo causados por la falta de un Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo (RISST), en los cuales el daño a la seguridad de los empleados ya ha ocurrido y no puede ser corregido a posteriori.
El TFL establece que los inspectores deben fundamentar detalladamente la clasificación de una infracción como insubsanable, indicando claramente por qué los daños causados no pueden ser revertidos. Si no se justifica debidamente esta clasificación, se considera que el inspector podría estar violando el debido proceso administrativo, comprometiendo la validez de la sanción. Esto asegura una evaluación justa y proporcional en cada caso, promoviendo que solo se clasifiquen como insubsanables aquellas infracciones con daños efectivamente irreparables.
Es esencial que los empleadores evalúen y refuercen su cumplimiento de las normas laborales y de seguridad, especialmente en áreas donde un incumplimiento podría generar daños irreparables para los trabajadores. Mantener una adecuada supervisión interna y corregir proactivamente cualquier falta detectada ayudará a evitar infracciones que puedan ser clasificadas como insubsanables y derivar en sanciones severas.