¿QUÉ DUDAS SURGIERON EN NUESTRO ÚLTIMO WEBINAR SOBRE PLAN DE EMERGENCIA? AQUÍ LAS RESOLVEMOS

Publicado el: noviembre 28, 2025

En nuestro reciente webinar sobre “Plan de Emergencia: Todo lo que debes saber sobre la carta inductiva de SUNAFIL”, que contó con una amplia participación de empresas, surgieron diversas preguntas relacionadas con la elaboración del Plan de Emergencia, la designación de brigadistas y las obligaciones vinculadas al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).

Tal como se indicó durante la charla, en los próximos días se estarán enviando los certificados de participación, la grabación del webinar y las diapositivas utilizadas. Asimismo, nuestro equipo absolverá de manera integral todas las consultas planteadas durante la sesión.

Mientras tanto, compartimos a continuación las respuestas a algunas de las preguntas más relevantes formuladas por los participantes.

  1. Si mi empresa tiene pocos trabajadores y ya cuento con un Supervisor de SST, ¿pueden ser los mismos trabajadores designados como brigadistas? ¿Qué requisitos deben cumplir para seleccionarlos?

Sí, es posible que trabajadores que ya cumplen funciones en SST también integren las brigadas, siempre que su jornada y funciones lo permitan.

Para seleccionarlos, SUNAFIL y la normativa del Sistema de Gestión de SST recomiendan verificar:

  • Capacidad física y aptitud médica para participar en actividades de emergencia.
  • Disponibilidad y cercanía al centro de trabajo.
  • Formación básica en primeros auxilios, lucha contra incendios o evacuación, según el tipo de brigada.
  • Capacitación mínima obligatoria, que la empresa debe brindar o gestionar.
  • Si todos mis trabajadores realizan trabajo remoto desde sus casas y no tengo una oficina física, ¿igual debo contar con un Plan de Emergencia? De ser así, ¿qué debería incluir?

Sí. Aunque la empresa no cuente con un centro de trabajo físico, el Sistema de Gestión de SST obliga a evaluar riesgos del lugar donde se realiza la labor, incluso si es el domicilio del trabajador.

En estos casos, el Plan de Emergencia debe ser adaptado, incluyendo:

  • Lineamientos generales sobre cómo actuar ante emergencias durante el trabajo remoto.
  • Obligación del trabajador de identificar riesgos en su hogar y tener rutas de evacuación.
  • Medidas básicas de autoprotección (uso de extintor doméstico, contacto con bomberos o serenazgo).
  • Procedimiento de comunicación inmediata al empleador ante incidentes.

SUNAFIL viene supervisando que las empresas incluyan estos controles en sus programas de SST y que informen al trabajador de las medidas preventivas.

  • ¿Cada cuánto deben capacitarse los brigadistas de la empresa?

Las capacitaciones para brigadistas deben realizarse de manera periódica, siendo recomendable que la empresa las ejecute al menos una vez al año, conforme a las obligaciones generales de formación establecidas en la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su reglamento. SUNAFIL supervisa que estas capacitaciones sean continuas, especialmente cuando se incorporan nuevos brigadistas, se modifican las condiciones del centro de trabajo o se actualizan los procedimientos de respuesta ante emergencias. La empresa debe conservar los registros de capacitación y asegurarse de que los contenidos estén alineados con los riesgos propios de su actividad.

Recomendación

Para evitar observaciones de SUNAFIL y garantizar una respuesta efectiva ante emergencias, es fundamental que las empresas mantengan actualizado su Plan de Emergencia, designen adecuadamente a sus brigadistas y documenten todas las capacitaciones y acciones de prevención. Una gestión ordenada y anticipada no solo reduce riesgos operativos, sino que también demuestra diligencia frente a una eventual fiscalización, protegiendo tanto a la organización como a sus trabajadores.       

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