¿SE APLICA LA SOBRETASA DEL 100% EN DÍAS FERIADOS EN UNA JORNADA ATÍPICA?

Publicado el: Abril 10, 2024

Dada la importancia de clarificar los derechos y obligaciones en el ámbito laboral, es esencial comprender las disposiciones legales que rigen la remuneración de los trabajadores en días feriados no laborables. En este contexto, surge la necesidad de abordar el caso específico en el que se interpone un recurso de Casación Laboral N° 20260-2021-Lima ante el Tribunal Supremo, a fin de determinar si procede el pago de la retribución por labor efectuada en dichos días con una sobretasa del 100%.


Desarrollo del Caso:

El caso en cuestión involucra una demanda interpuesta por un sindicato, solicitando el reconocimiento del derecho al pago de la retribución por la labor realizada en días feriados no laborables con una sobretasa del 100%. La sentencia de primera instancia y la confirmación en segunda instancia negaron esta pretensión, argumentando que los días de descanso otorgados por el empleador compensaban adecuadamente la labor efectuada en días feriados.


Fallo de la Sentencia:

El recurso de casación ha sido declarado procedente por diversas infracciones normativas, entre ellas la interpretación errónea del artículo 25 de la Constitución Política del Perú y la inaplicación de disposiciones constitucionales y legales relacionadas con la jornada de trabajo y los descansos remunerados.


Recomendación:

Es fundamental que las empresas revisen detalladamente sus políticas de remuneración y descansos, asegurándose de cumplir con las disposiciones legales vigentes. Asimismo, se recomienda estar al tanto de las interpretaciones judiciales relevantes en este ámbito, a fin de evitar posibles contingencias legales y proteger los derechos de los trabajadores.

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