Publicado el: diciembre 23, 2022
Este jueves 22 de diciembre del presente año, su publicó la Resolución Ministerial N° 347-2022-TR en el diario oficial “El Peruano”, mediante la cual se dispone la pre publicación del proyecto de decreto supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31572, Ley del Teletrabajo, y su exposición de motivos.
¿Con que motivo se realizó esta disposición?
Como nos indica el artículo 1 de la presente resolución esto lo realizan para poder recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones de los y las empleadores/as y trabajadores/as, o sus respectivas organizaciones, de las entidades públicas o privadas y de la ciudadanía en general; durante el plazo de diez días calendario, contados desde la vigencia de la presente resolución ministerial. Los comentarios o sugerencias los pueden enviar al correo jnaupas@trabajo.gob.pe para su revisión.
A tener en cuenta
El pasado 30 de diciembre del 2021 se publicó el Decreto de Urgencia N° 115- 2021, mediante el cual se establece la ampliación de la vigencia del trabajo remoto para el sector público y privado hasta el 31 de diciembre del 2022. Es decir, la única modalidad que podría utilizar las empresas para sus trabajadores sería la del “teletrabajo”, la cual recientemente recibió modificaciones mediante la Ley N° 31572.