¿SE PUEDE DESPEDIR A UN TRABAJADOR POR INSULTAR AL EMPLEADOR EN EL WHATSAPP DEL SINDICATO?

Publicado el: abril 3, 2025

En nuestro país, la Ley de Productividad y Competitividad Laboral (TUO del D.S. N.º 003-97-TR) establece que el empleador puede proceder al despido si el trabajador incurre en una falta grave. En ese sentido, los insultos o agresiones verbales dirigidas al empleador, incluso en un entorno sindical, pueden considerarse una conducta que quiebra la buena fe laboral y socava la confianza en la relación de trabajo.

¿Cuándo se considera una falta grave?

Una expresión ofensiva podría configurar una falta grave cuando:

  • Los comentarios son de tal magnitud que menoscaban el respeto y la dignidad del empleador.
  • Se genera un ambiente hostil que afecta negativamente la relación laboral o la imagen de la empresa.
  • La conducta es reiterada o revela una intención manifiesta de agraviar, más allá del ejercicio legítimo de derechos sindicales.

¿Qué debe hacer la empresa?

Para proceder válidamente al despido, el empleador debe:

  • Investigar: Recabar pruebas objetivas, como capturas de pantalla, declaraciones de testigos u otros elementos que acrediten los hechos.
  • Respetar el debido procedimiento: Notificar formalmente al trabajador, otorgándole la oportunidad de presentar sus descargos y ejercer su derecho de defensa.
  • Cumplir con los plazos y formalidades legales: El incumplimiento de estas etapas podría conllevar la nulidad del despido o la reposición del trabajador.

¿El contexto sindical justifica los insultos?

No. Si bien el ámbito sindical admite un debate más amplio y enérgico, ello no autoriza expresiones injuriosas o denigrantes. La libertad de expresión no ampara el agravio personal, especialmente si se compromete la dignidad del empleador y se afecta la armonía laboral.

Recomendación:

Cada caso debe evaluarse de manera individual, considerando la gravedad de los hechos y el daño ocasionado. Aun cuando los mensajes hayan sido emitidos en un grupo de WhatsApp sindical, si se acredita que afectan la honra del empleador y la convivencia laboral, podría configurarse válidamente una falta grave que justifique el despido.

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