Publicado el: Mayo 15, 2024
El último 06 de mayo la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL), ha aprobado la Directiva de fiscalización de la cuota de empleo para personas con discapacidad aplicable a los empleadores del sector privado N° 002-2024-SUNAFIL/DINI, que plantea nuevas modificaciones sobre la cuota de discapacidad que los empleadores del sector privado deben de cumplir.
¿Quiénes están obligados a cumplir con la Directiva?
Están obligados a cumplir con la Directiva los empleadores del sector privado que cuenten con más de 50 trabajadores cubriendo la cuota de empleo para personas con discapacidad en una proporción no menor al 3% del total del personal.
¿Cuáles son los puntos importantes de la Directiva?
¿Cuáles son las sanciones por incumplir la cuota de discapacidad?
Respecto a la infracción por incumplimiento de la cuota de empleo de trabajadores con discapacidad, el Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo en su artículo 30.3 lo tipifica como una infracción grave. Dependiendo de la cantidad de cuota no cubierta la multa puede variar desde los S/. 8,085.50 (1.57 UIT) hasta los S/. 134,518.00 (26.12 UIT).