SUNAT está remitiendo cartas inductivas sobre conceptos remunerativos y no remunerativos

Publicado el: Noviembre 6, 2024

Recientemente, la SUNAT ha intensificado el requerimiento de información sobre los conceptos de remuneración que las empresas reportan para sus trabajadores, en especial aquellos relacionados con la exclusión de aportes a EsSalud. En particular, la SUNAT ha identificado inconsistencias en las declaraciones de conceptos como el bono de productividad y la movilidad condicionada a la asistencia, que algunas empresas presentan como no afectos a aportes. Esta situación ha llevado a la Administración Tributaria a solicitar a empresas como la presentación de documentación detallada sobre sus políticas salariales y cálculos de remuneración.

Definiciones clave

  • Conceptos remunerativos: Son todos aquellos pagos que el trabajador recibe de manera regular como compensación por su labor, ya sea en dinero o en especie, siempre que estén a su disposición libre. Por ejemplo, la remuneración básica y beneficios adicionales como alimentos proporcionados en especie.
  • Conceptos no remunerativos: Son pagos que el empleador otorga bajo ciertas condiciones, como gratificaciones extraordinarias, movilidad que cubre únicamente el transporte al lugar de trabajo o bonos por cumpleaños, entre otros. Estos conceptos no constituyen compensación directa por el trabajo, por lo que no deben considerarse como remuneración computable para los aportes.

Puntos clave en el requerimiento de información de la SUNAT

  1. Inconsistencias en declaración de conceptos no remunerativos: SUNAT está observando variaciones en la clasificación de ciertos conceptos (como el bono de productividad y movilidad supeditada) que podrían estar afectando los montos reportados para EsSalud. Esto se debe a que algunos conceptos que deberían incluirse como remuneración computable se registran erróneamente como no afectos.
  2. Requerimiento de documentación específica: SUNAT exige que las empresas proporcionen políticas de personal claras y estructuradas que incluyan una definición y cálculo de cada concepto remunerativo y no remunerativo. Esto implica un análisis de los documentos internos sobre la determinación de la renta de 5ta categoría y los aportes sociales para validar la correcta clasificación de cada pago.
  3. Posible sanción por falta de información: En caso de no cumplir con la entrega de la información requerida, las empresas pueden ser sancionadas bajo el artículo 177° del TUO del Código Tributario, lo que representa una infracción por no proporcionar documentos sobre actividades requeridas.

Recomendación

Es fundamental que las empresas revisen detalladamente su estructura salarial y aseguren la correcta clasificación de los conceptos remunerativos y no remunerativos. Para evitar sanciones, se recomienda consultar con expertos en derecho laboral y tributario para alinear sus prácticas con las disposiciones de SUNAT. Además, la revisión de estos conceptos ayudará a mantener la transparencia y el cumplimiento de las obligaciones tributarias, evitando riesgos innecesarios para la empresa.

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