FENÓMENO EL NIÑO Y SUSPENSIÓN PERFECTA: VENDER MENOS NO ES FUERZA MAYOR
Publicado el: octubre 26, 2026
Las lluvias, huaicos y bloqueos que trae El Niño llevan a muchas empresas a pensar en mandar a su personal a casa sin sueldo mientras dure la emergencia. La ley lo permite, pero con condiciones estrictas. No basta con que el negocio pase por un mal momento: el evento tiene que hacer realmente imposible seguir trabajando.
Lo que la ley exige
- El hecho debe impedir trabajar, no solo encarecerlo. La suspensión perfecta procede por caso fortuito o fuerza mayor (art. 15 del TUO del D. Leg. 728), es decir, por un evento imprevisible, inevitable e irresistible que paralice la actividad.
- La caída de ventas, por sí sola, no califica. Hay que probar cómo el fenómeno impidió operar en concreto (local inundado, vía bloqueada, falta de insumos), y no solo que se facturó menos.
- Antes de suspender, se agotan alternativas. Primero deben evaluarse las vacaciones vencidas o adelantadas, el trabajo remoto, la reubicación de funciones o las licencias.
- La comunicación al MTPE es inmediata. No se necesita autorización previa, pero hay que informar de inmediato a la Autoridad de Trabajo, y la suspensión dura como máximo 90 días.
- La causa será verificada. La Autoridad Inspectiva tiene seis días para constatar si la causa existe y si justifica la medida.
Lo que está en juego
Si la suspensión no procede, se ordena reanudar labores de inmediato y pagar las remuneraciones de todo el periodo suspendido, además de posibles multas de SUNAFIL. Por otro lado, El Niño no es por sí mismo causa de despido, así que cesar trabajadores con ese argumento expone a reposiciones e indemnizaciones.
Hoja de ruta para la empresa
- Documente el impacto con fotos, actas, reportes de Defensa Civil, cierres de vías o comunicaciones de proveedores.
- Aplique la medida solo a las áreas o trabajadores efectivamente afectados, no a toda la planilla.
- Deje constancia escrita de las alternativas evaluadas y de por qué no fueron viables.
- Comunique la medida con claridad al personal y, si es posible, pacte algún apoyo económico durante la suspensión.
- Fije el retorno y reactive labores apenas desaparezca la causa.