Publicado el: Octubre 7, 2022
El sábado 8 de octubre es un feriado nacional por la conmemoración del
Combate de Angamos, por lo cual las empresas deberán tener algunas
consideraciones para sus trabajadores.
¿Cómo se le debe pagar al trabajador que labora el feriado?
En caso se requiera que el trabajador labore el feriado se le pagará el día
trabajado, una remuneración por el feriado más la sobretasa del 100%.
Podemos recomendar a las empresas a fin de evitar este pago adicional
puede compensarlo otorgándole el descanso otro día laborable.
¿Y qué sucede con los trabajadores que su descanso coincide con el feriado?
En el caso de los trabajadores cuyo descanso semanal coincide con el feriado
8 de octubre, perciben su remuneración ordinaria mensual, sin pago adicional.
¿Los trabajadores que aún se encuentren en trabajo remoto o teletrabajo también tiene este beneficio?
Los trabajadores que se encuentren en la modalidad de trabajo remoto o
teletrabajo cuentan con el mismo derecho laboral que los trabajadores
presenciales, razón por la cual se les da el mismo tratamiento para este feriado.