TRATAMIENTO LABORAL PARA ESTE 08 Y 09 DE DICIEMBRE

Publicado el: Noviembre 28, 2022

Este 08 de diciembre es un feriado nacional por la conmemoración del día de la inmaculada concepción y ahora el 9 de diciembre es feriado nacional por la conmemoración de la batalla de Ayacucho mediante la Ley N° 31381, por lo cual las empresas deberán tener algunas consideraciones para sus trabajadores.

¿El 9 de diciembre también aplica para el sector privado?

  • La norma en su artículo 1 nos indica explícitamente que es para las entidades e instituciones públicas, sin embargo, el artículo 3 de la misma agrega dicha fecha a los descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada regulados por el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 713.
  • Adicionalmente el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo nos ha dado la confirmación que efectivamente el feriado del 9 de diciembre es tanto para sector público como para el privado.

¿Cómo se le debe pagar al trabajador que labora el feriado?

  • En caso la empresa requiera que el trabajador labore el feriado se le debe pagar el día trabajado, una remuneración por el feriado más la sobretasa del 100%.
  • Podemos recomendar a las empresas a fin de evitar este pago adicional puede compensarlo otorgándole el descanso otro día laborable.

¿Qué sucede con los trabajadores que se les otorga descanso el feriado?

En el caso de los trabajadores cuyo descanso semanal coincide con el feriado 8 o 9 de diciembre, perciben su remuneración ordinaria mensual, sin pago adicional.

Te recomendamos

Publicado el:Febrero 28, 2020

¿CÓMO SE ELIGE UNA ENTIDAD PRESTADORA DE SALUD?

Publicado el:Febrero 28, 2020

CUOTA DE EMPLEO DE PERSONAL CON DISCAPACIDAD

Publicado el:Febrero 28, 2020

REINCORPORACIÓN DE TRABAJADOR CON DIAGNOSTICO O CASO SOSPECHOSO DE COVID-19